Para obtener la autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), las Empresas de Asesoramiento Financiero Nacional (EAFN) tienen que cumplir, entre otras, normas de organización interna; en muchos casos, pueden suponer cierta complejidad, siendo fundamental que el asesor financiero sea capaz de cumplir las mismas con la mayor claridad y transparencia posible. Especialmente relevante es la necesidad de contar con una unidad de riesgos en determinados supuestos de la EAFN.

Entre los requisitos de organización que deben cumplirse, destacamos los siguientes:
- Deben asegurarse de que sus servicios se presten de forma continua y sin interrupciones. Para ello, deben contar con los recursos, herramientas y procedimientos necesarios para funcionar correctamente.
- Si deciden trabajar por medios telemáticos, están obligadas a garantizar que sus sistemas sean seguros, confidenciales, fiables y capaces de cumplir con todas las normas exigidas. Esto incluye las normas sobre la prevención del blanqueo de dinero, reglas de conducta profesional, control interno, evaluación de riesgos y requisitos impuestos por la CNMV.
- Cuando la actividad de la empresa lo justifique, por su tamaño o por los servicios que ofrece, deberán crear una unidad especializada en la gestión de riesgos. Esta unidad tiene que ser independiente del resto de la empresa y encargarse de:
- Aplicar políticas y procedimientos para gestionar los riesgos.
- Tener una visión completa de todos los riesgos que enfrenta la empresa.
- Medir y comunicar de forma clara aquellos riesgos que sean importantes.
- Informar y asesorar a la dirección sobre cualquier cambio relevante en los riesgos.
- Participar en la estrategia general de gestión de riesgos y en las decisiones importantes sobre el tema.
Incluso si no tienen una unidad específica, todas las empresas deberán poder demostrar que tienen políticas y procedimientos eficaces para manejar los riesgos.
La persona responsable de esta unidad de riesgos debe ser alguien de alto nivel en la empresa, pero que no tenga funciones de gestión directa en las áreas comerciales. Esta persona solo podrá ser sustituida con la aprobación de la dirección. Además, debe tener acceso directo al órgano de administración.
Si la empresa es pequeña o sus actividades no son muy complejas, otra persona de la alta dirección podrá asumir esta responsabilidad, siempre que no haya un conflicto de interés.
En conclusión, estas medidas de organización impactan en el ejercicio profesional del asesor financiero, aunque comprenderlas le permitirá desempeñar su función de manera coherente.
Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV
Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)
Formación Acreditada por el Banco de España
Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario (LCCI)