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El test de conveniencia ¿realmente asegura que el cliente conoce el producto financiero?

Hemos hablado, en entradas anteriores del blog, de las directrices de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés), publicadas, en el año 2022, con el fin de que el cuestionario de conveniencia vaya dirigido a que se asegure que el cliente conoce realmente el producto financiero donde va a invertir. Es obvio que este es uno de los grandes problemas con los que se enfrenta las autoridades encargadas de la protección del inversor. Siguen produciéndose, en los momentos actuales, casos donde el cliente no sabe realmente el riesgo de su inversión.

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Este cuestionario, que debe realizarse a los clientes por los asesores financieros, entre otras situaciones, en supuestos de contratación de productos complejos, y siempre y cuando no sea necesario además tramitar el test de idoneidad, tiene por finalidad  examinar los conocimientos y experiencia previa de los inversores.

Los conocimientos deben referirse al producto financiero que se pretende contratar; poca utilidad tendrá este cuestionario, aunque se trate de una persona que posea una amplia cultura general o que persiga una finalidad ética en su inversión, si al final no entiende los riesgos del instrumento financiero donde invierte.

Cuando ESMA  establece que debe preguntarse con claridad, exhaustividad y comprensibilidad del cuestionario, evitando las expresiones confusas o excesivamente técnicas, o cuando nos  habla  de la  granularidad en la clasificación de los productos de forma que sólo se agrupen los que tengan riesgos comparables, teniendo en cuenta factores clave como cláusulas de subordinación, subyacentes, liquidez del producto, etc., no debe deducirse otra cosa que el cliente debe entender el instrumento financiero donde invierte.

Es decir, todas estas directrices pierden todo el sentido, si las entidades, que comercializan esos instrumentos, no se aseguran de que los clientes conocen cuándo su producto puede quedarse ilíquido, cuándo puede perder valor su inversión inicial, etc.

Si ESMA plantea a los Estados miembros de la Unión Europea la opción de desarrollar de manera normativa estas directrices en los próximos meses, este futuro contenido normativo debe ir dirigido a cumplir esa premisa; tiene el legislador nacional una gran oportunidad para cumplir esta verdadera protección al inversor.

 

Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

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