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MiFID II

[one_half]Desde el año 2.007, se viene aplicando la Normativa MiFID, gracias a la cual, desde su implantación, se ha incrementado la protección al Inversor gracias, entre otras cosas, a la aparición de los test de conveniencia e idoniedad a la hora de contratar determinados productos financieros, y a algo que nos afecta muy directamente, la creación de la figura del Asesor Financiero.[/one_half] [one_half_last] MiFID_II_Asesor_Financiero_UPV[/one_half_last]

Como era de esperar, esta Normativa, con el paso de los años se ha ido quedando obsoleta, motivo por el cual, en 2.014 se aprobó la nueva MiFID II, la cual, parece ser, que será de obligada aplicación y cumplimiento, a partir del 2.017.

Como podemos observar en el artículo,publicado en la web de Bolsa Madrid, la MiFID II, viene a proporcionar un tratamiento normativo homogéneo a todos los participantes en los mercados, así como a promover la estabilidad financiera, para evitar, o al menos intentarlo, que puedan volver a darse situaciones de inestabilidad en los mercados, como ha venido sucediendo en los últimos años. También, entre sus objetivos, encontramos, como no podía ser de otra manera, la mejora en la protección del Inversor, o algo tan importante como incrementar la transparencia exigible a los participantes en los mercados.

Para terminar, me gustaría insistir en lo que considero más importante; la MiFID II, viene a marcar “líneas rojas” a las Entidades, a la hora de colocar sus productos de inversión. La única forma de conseguir este ambicioso objetivo, es basándose en dos puntos clave: El incremento de la transparencia en los Mercados, y la obligatoriedad de exigir que aquellas personas que estén vendiendo productos financieros, se encuentren preparadas para ello, algo que ya intentó la MiFID, pero en lo que fracasó. En la gran mayoría de países europeos, pese a no ser obligatorio por ley, se exige una titulación y conocimientos mínimos a las personas que actúan en los mercados; en España, no. Recordad siempre, la mejor manera de proteger al Inversor, es la FORMACIÓN.

Artículo: MiFID_II