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¿MiFID III?… Cada vez más cerca…

La Unión Europea sigue analizando todo el proceso de decisión sobre inversiones que llevan a cabo los clientes. Su cometido principal es que realmente exista una protección al inversor; para ello, verifica que las normas de protección al inversor de las Directivas de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID I y II, por sus siglas en inglés) sean, como dice en un reciente informe de julio del año 2022, efectivas para los inversores de la Unión. Son previsibles nuevas normativas MiFID que recojan soluciones a las deficiencias detectadas.

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A la vista del citado informe, elaborado por expertos de la Unión Europea, se pretende principalmente que el asesor financiero actúe en el mejor interés del cliente y ofrezca un asesoramiento imparcial teniendo siempre en cuenta de los objetivos y necesidades del cliente.

Para comprobar si se cumplen estos fines, se ha llevado a cabo un estudio de cada una de las normativas de los países de la Unión, así como un análisis de las prácticas de asesoramiento; para esto último, se han efectuado encuestas, así como también las “falsas compras” del llamado cliente misterioso a las oficinas bancarias.

El informe, que puede servir de base a la próxima normativa MiFID III, llega a diferentes conclusiones en esta materia.

La documentación necesaria antes de la contratación de productos financieros, si bien suelen estar a disposición de los clientes, no permite la comparación entre productos ni decidir cuál es el óptimo para cada cliente.

Una de las principales conclusiones es que la entrega de documentación y la realización del test de idoneidad se produce en la práctica, en una fase muy avanzada del proceso de asesoramiento, cuando el cliente está ya cerca de firmar el contrato; el asesor financiero debería entregar la documentación o realizar el test mucho antes, si de verdad se quiere que el cliente tome la decisión en base a la documentación o a los registros de idoneidad.

Respecto a las conocidas retrocesiones o incentivos de las gestoras a las entidades por la comercialización de sus productos, pone de relieve que los productos con incentivos suelen ser un 35% más caros que los que no pagan incentivos. La UE es partidaria de su prohibición total sin distinción, como hacia MiFID II, entre asesoramiento independiente y no independiente, lo cual puede suponer un cambio trascendental en la comercialización de productos financieros y, por supuesto, en el asesoramiento financiero.

 
Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

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