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Se aprueba la nueva ley hipotecaria

Su intención es dar más información al cliente y mostrar una mayor transparencia.

El Congreso de los Diputados ha aprobado la nueva ley hipotecaria que, una vez entre en vigor en los tres próximos meses y se vea reflejada en el BOE, los nuevos solicitantes de hipotecas podrán disfrutar de estas mejoras.

Puntos a destacar para los nuevos hipotecados:

Notaría y firma de hipoteca:

Los clientes tendrán más tiempo, exactamente 10 días, para estudiar detenidamente el contrato, resolver dudas o examinarlo de una forma más exhausta antes de su firma. El solicitante debe acudir un mínimo de dos veces al notario, la primera para disipar cualquier incertidumbre y, la segunda para firmar el acuerdo contractual. Mientras tanto, el notario también deberá realizar un test para confirmar que se han entendido todos los puntos de la futura firma.

El papel de los bancos:

  • En esta línea y para evitar la concesión de hipotecas a personas sin solvencia económica, el banco será el encargado de realizar un análisis para saber si el cliente dispone de la capacidad crediticia para hacerse cargo de la misma.
  • Para realizar un embargo, se amplía el número de cuotas impagadas para que se proceda al desahucio. Anteriormente estaban estipuladas tres y, ahora se procederá a dicho hecho cuando se exceda el impago de entre 12 y 15 mensualidades o, lo que es lo mismo, entre un 3% y un 7% del precio total del préstamo concedido.
  • Las entidades bancarias se harán cargo de los costes de gestoría, registro y notaría y los solicitantes de la hipoteca no deberán de hacerse cargo de estos costes excepto para la tasación. Sobre este tema, la entidad no podrá implantar ningún tasador y, por tanto, esta figura se desliga de la misma ya que se prohíbe que haya vínculo alguno con la misma y sea el propio cliente quien pueda decidir.
  • Quedan prohibidas todas las prácticas por parte de las entidades de venta vinculadas con los préstamos siempre y cuando no sean favorecedores para el cliente, aunque sí deja lugar a algunos tipos de seguros o productos para garantizar la capacidad de crédito.
  • Años atrás, muchas personas que disponían de un tipo de interés fijo o variable, tras un tiempo, preferían haber elegido otro, es decir, una renovación de crédito. Esto ocurrió sobre todo con el despunte de las de tipo variable cuando se dispararon ya que muchos clientes no podrían hacer frente a este tipo de interés. Ahora, se da opción de favorecer la subrogación y la novación modificativa de préstamos cuando tengan por finalidad la modificación del tipo de interés variable a uno fijo. Cabe destacar que de este modo, también el tipo de interés fijo pueda bajar y fomente la competencia entre las entidades bancarias.

Normas de conducta:

  • Todos los profesionales que intervengan directamente en las actividades reguladas por esta ley o que mantenga contacto con los prestatarios de estas actividades deberán reunir en todo momento los conocimientos y competencias necesarios y actualizados sobre los productos que se comercializan, sobre los derechos de protección al consumidor y, en especial, respecto de la elaboración, oferta o concesión de contratos de préstamo, la actividad de intermediación de crédito, y la prestación de servicios de asesoramiento, en su caso, y en la ejecución de los contratos de préstamo .

En resumen, todas estas medidas mencionadas anteriormente junto con algunas más como menores intereses de demora, prohibición de las cláusulas suelo o facilitar que se amortice antes el capital sea mucho más económico son un intento para desbloquear el mercado hipotecario que ya estaba tocando sus máximos y necesitaba enmarcarse dentro de unos límites que, tras años de espera, han llegado.

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