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El cuestionario de conveniencia a los inversores, ¿instrumento para evitar incidencias judiciales?

La protección del inversor es una de las metas principales de las llamadas normativas MiFID, utilizando diversos instrumentos y procesos para ello, entre los que destaca la necesidad de realizar el cuestionario de conveniencia con anterioridad a que  el cliente contrate determinados productos financieros. Se pretende, entre otros objetivos,  que los clientes tengan  los conocimientos y experiencia necesarios para pactar específicos instrumentos financieros. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) publica en el año 2022 una serie de directrices que intentan asegurar que la realización del mismo se haga con esta finalidad.

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El deseo de contratar determinados productos financieros, bien a instancia de los inversores  o bien muchas veces por el interés de las empresas de servicio de inversión, ha llevado a ESMA a fijar, en estas directrices, recomendaciones adicionales sobre los requisitos  del cuestionario de conveniencia, dirigidas a detectar los verdaderos conocimientos y  la real experiencia previa de los inversores.

Todas estas directrices afectan a los asesores financieros, por lo que es necesario conocer su contenido, con el fin de ofertar un servicio profesional y evitar las continuas incidencias, incluso judiciales, en esta materia.

Recomienda ESMA que se solicite a los clientes, con los que la entidad tiene una relación continua, que le informen con regularidad de cualquier cambio o actualización sobre la información proporcionada originalmente.

También es necesario que se busque los auténticos conocimientos y experiencia de los inversores, identificando cualquier contradicción relevante y resolver las inconsistencias o incongruencias.

Un tema que preocupa especialmente, porque evidentemente se ha detectado con frecuencia esta práctica, es la necesidad de  incorporar controles para verificar si la evaluación de un cliente se ha actualizado con demasiada frecuencia o en un período muy corto de tiempo respecto de la anterior modificación. La realización de forma repetitiva de un cuestionario, hasta que los supuestos conocimientos y experiencia “encajen” en el producto financiero,  puede llevar a un incumplimiento de la filosofía de estas directrices y, por tanto, a un conflicto judicial.

En definitiva, la observancia de las recomendaciones de ESMA,  por parte de los asesores,  va a ser una constante en la normativa europea, y es de  esperar que se plasme, en poco tiempo, en normas concretas en las legislaciones internas de los países miembros de la Unión Europea.

 

Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)

Formación Acreditada por el Banco de España
Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)

Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario (LCCI)

 

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