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Novedades europeas: nuevo test de conveniencia a los inversores

Las autoridades europeas, en asuntos de protección al inversor, intentan profundizar incluyendo novedades de cómo debe efectuarse el cuestionario de conveniencia con el fin de asegurar que los clientes tengan los conocimientos y experiencia necesarios para contratar determinados instrumentos financieros. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) publica en el año 2022, como vimos en anteriores entradas del blog, una serie de directrices que intentan que este cuestionario transmita la máxima claridad.

Deben las empresas, sujetas a la normativa MiFID, tomar las medidas adecuadas para determinar los supuestos en los que es necesario realizar una evaluación de conveniencia y evitarla cuando se deba confeccionar el cuestionario o test de idoneidad. Para ello deben distinguir entre las operaciones asesoradas y las no asesoradas, las operaciones comprendidas en la exención de solo ejecución y otras operaciones no asesoradas, y los productos considerados complejos y no complejos.

Como novedad, se establece que las entidades deben clasificar sus productos no sólo entre complejos y no complejos, sino que tendrán en cuenta el nivel de complejidad atribuido a cada uno de ellos. En este sentido, debe utilizarse un nivel suficiente de granularidad en la clasificación de los productos de forma que solo se agrupen los que tengan características y riesgos comparables, usando diversos factores clave como la existencia de opciones, el apalancamiento, cláusulas de subordinación, subyacentes, liquidez del producto, divisa, etc.

Según sea el nivel de complejidad de los productos, la entidad evaluará el conocimiento y la experiencia del cliente de manera más específica y no sólo sobre el tipo al que pertenece el producto; menciona el ejemplo de que debe hablarse de deuda subordinada en lugar de bonos en general.

Igualmente, si se realiza un servicio con alguna característica especial (el ejemplo habitual que se cita es que se conceda un préstamo para poder adquirir el instrumento financiero) la empresa debe evaluar la conveniencia relacionada con tales características específicas y, si se trata de un servicio de inversión junto con un servicio auxiliar, la conveniencia de ambos conjuntamente.

Por último, se insiste en que el personal que intervenga en la evaluación de la conveniencia debe tener un nivel adecuado de  experiencia y conocimiento sobre los procedimientos.

Además el personal que no se dirige directamente a los clientes, pero que está involucrado en la evaluación de la conveniencia de cualquier otra forma (elaboración de los cuestionarios, definición de los algoritmos que rigen la evaluación, control del cumplimiento de los requisitos de conveniencia, entre otros), tiene que poseer también el conocimiento y la experiencia necesarios en el proceso de conveniencia: tendrá que comprender adecuadamente la tecnología y los algoritmos utilizados para realizar una evaluación automatizada.

 

Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

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