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ASESOR FINANCIERO 24/7

El Gobierno ultima la aprobación del Anteproyecto de ley por el que se regulan los servicios de atención a las personas consumidoras y usuarias que actúan en calidad de clientela; la norma ha finalizado la fase de audiencia e información pública.

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La regulación que afectará a servicios esenciales como el suministro de agua y energía, transporte de pasajeros, servicios postales, servicios telefónicos, incluye también los servicios financieros.

En este sentido, la norma modificará el artículo 29 de la Ley 44/2002 de Medidas de Reforma del Sistema Financiero que regula el servicio de atención a la clientela.

Como hasta ahora, las entidades de crédito, las entidades aseguradoras y las empresas de servicios de inversión deberán contar con un servicio de atención a la clientela encargado de atender y resolver las quejas, reclamaciones, incidencias o consultas de los usuarios de servicios financieros.

La principal novedad de dicho servicio de atención a la clientela, que será gratuito, eficaz, accesible, inclusivo, no discriminatorio y evaluable, es que se prestará de forma continuada las 24 horas del día todos los días del año y que se prohíbe el empleo de contestadores automáticos como medio exclusivo de atención a la clientela.

Las entidades se asegurarán de que estos servicios estén dotados de los medios humanos adecuados para el cumplimiento de sus funciones; el personal deberá contar con una formación y capacitación especializada, en función del sector o de la actividad, incluyendo una formación específica previa en atención a personas consumidoras vulnerables y, en especial, a personas con discapacidad o de edad avanzada, proporcionando la formación y capacitación continuada que sea necesaria para adaptar sus conocimientos sobre la actividad a las variaciones tecnológicas y necesidades del mercado.

Entendemos que esta nueva regulación va a suponer una oportunidad de empleo y proyección profesional, para los asesores financieros con formación acreditada que deberán reforzar los equipos de personal que atiendan los servicios de atención al cliente de las entidades citadas.

 

 

 

Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)

Formación Acreditada por el Banco de España
Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)

Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario (LCCI)

 

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