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El Gobierno aprueba el proyecto de reforma de la Ley del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión

El proyecto de ley, que fue aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 27 de junio se completará con tres reales decretos de desarrollo, inicia ahora su tramitación parlamentaria para sustituir a la normativa vigente que data inicialmente de 1988 (Ley 24/1988) y de un texto refundido posterior, aprobado en 2015 (RDL 4/2015).

Esta ley ha representado desde su aprobación la piedra angular en la que se ha apoyado el funcionamiento del mercado de valores en nuestro país y, por tanto, normativa de referencia para todos los asesores financieros.

La primera razón de la nueva regulación es aumentar la seguridad jurídica de todos los actores que operan en el mundo financiero ya que refundirá en un solo texto la normativa interna, las directivas europeas y los reglamentos.

Otro de los objetivos de la ley es la modernización de los mercados de valores con el fin de mejorar y potenciar en último término su capacidad de financiación de la economía de forma eficiente. El proyecto avanza en la incorporación de normativa europea para hacer frente a los desafíos derivados del proceso de digitalización.

Para ello, se adapta el marco legal financiero a las nuevas realidades tecnológicas y, digitales, así como a los nuevos instrumentos y mercados de financiación de las pymes (mercado BME Growth) y a novedosas formas de captación de recursos (como las SPAC, empresas sin actividad que salen a cotizar a bolsa con el único objetivo de captar dinero para comprar una compañía).

Otro de los objetivos es mejorar la competitividad y eficiencia de los mercados de valores en España, para facilitar, entre otros aspectos, la financiación de las pymes.

Para ello se simplifica el proceso de emisión de valores de renta fija y se rebajan las tasas que abonan los emisores de este tipo de renta a la CNMV.

Para mejorar la protección de los inversores se establecen las previsiones necesarias para aplicar automáticamente en nuestro país cualquier normativa sobre criptoactivos aprobada por Europa, otorgando a la CNMV las competencias necesarias para ello.

Además, se incorporan las infracciones y sanciones que permitirán a la CNMV actuar ante los incumplimientos cuando entre en vigor la normativa europea. Así, el regulador español podrá sancionar los incumplimientos de las obligaciones y requisitos de los criptoactivos que no son instrumentos financieros y que se presenten como objeto de inversión.

Por último, la reforma amplía de cuatro a seis los años el mandato de la presidencia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), eliminando la actual posibilidad de reelección en el cargo; algo que se venía reclamando desde la misma institución para deslindar la renovación del cargo de los avatares políticos tal como ya sucede en otras instituciones como puede ser el Banco de España o la CNMC.

Habrá que seguir la tramitación parlamentaria de la ley por si sufre modificaciones en su articulado hasta su definitiva publicación en el BOE.

 

 

 

 

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