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¿Puede revisar la CNMV u otros organismos oficiales, mi recertificación MiFID?

Una vez obtenido el  título que certifica nuestros conocimientos financieros, y que nos permite prestar servicios  en materia de inversión, es imprescindible que cada año este sea actualizado mediante la recertificación. Para ello, es necesario que se cumpla con una formación continuada mínima para el personal que informa y asesora de 20 y 30 horas lectivas anuales, respectivamente. Muchos asesores y agentes financieros se preguntan si esta formación continuada puede ser revisada por los organismos oficiales, principalmente la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), con el fin de comprobar su adecuación a las normas.

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Recordemos que la formación continuada puede ser impartida por entidades externas o por la propia empresa de servicios de inversión donde el agente preste sus servicios.

Cuando la formación continuada la imparten empresas externas puede, a su vez, ser cualquiera de las entidades incluidas en la lista de cualificaciones de la CNMV, entre ellas, la Universidad Politécnica de Valencia (UPV); además, la entidad financiera o empresa de servicio de inversión puede considerar adecuados títulos distintos de los incluidos en esta lista, si bien la unidad de cumplimiento normativo de esta entidad, tiene que comprobar la equivalencia entre las actividades de formación correspondientes a tales títulos y los criterios desarrollados por la CNMV.

Igual comportamiento debe seguir la unidad de cumplimiento normativo de la entidad cuando la formación continuada sea totalmente interna.

Por tanto, debemos asegurarnos de que la entidad con la que se colabora, en cualquiera de los supuestos mencionados, cumple los criterios marcados por la CNMV, porque no olvidemos, que esta puede realizar pruebas sobre los conocimientos del personal que informa o asesora.

Es fundamental que nuestra formación continuada siga los criterios marcados por la CNMV que, en definitiva, requiere que verse sobre las materias que se han estudiado para obtener el título oficial.

Si la CNMV realiza estos controles y detecta que esta formación continuada no es relativa a estas materias, que analizamos en anteriores entradas del blog y que suponen una actualización de conocimientos financieros, puede ser revisada nuestra recertificación, y tomar las medidas que considere adecuadas.

 

Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

 

Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)

Formación Acreditada por el Banco de España
Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)

Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario (LCCI)

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