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¿Dónde puede trabajar un asesor financiero? Parte 7

Atribuimos con carácter general, en pasados blogs, al agente financiero características específicas, como son la de tratarse de un apoderado sin relación laboral, es decir, trabajadores por cuenta propia que tiene poderes para obligar a las entidades con las que colabora, y la exigencia de exclusividad con una sola entidad. Vamos a profundizar en sus particularidades, y a reflejar también, en este y en próximos artículos, como empieza a abrirse oportunidades para esta figura más allá de grupos financieros, dado el reciente interés del mundo asegurador por estos profesionales.

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El agente financiero, efectivamente, es la persona o empresa que actúa por cuenta de una entidad de crédito u otro tipo de entidad sin pertenecer a la misma, si bien ello no impide que estas entidades tengan la obligación de tener todos sus agentes financieros identificados y comunicar al Banco de España, o a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la relación de sus agentes.

Es obvio, asimismo, que tanto en el caso de agentes financieros de entidades de crédito, como en el de empresas de servicios de inversión, o incluso de los mencionados grupos aseguradores, necesitan unos conocimientos y competencias específicos para informar o asesorar sobre productos financieros, tal y como se exige al asesor financiero cuando actúa a través de un Empresa de Asesoramiento Financiero (EAF). Por tanto, la exigencia de formación no es una particularidad única del asesor financiero, sino que también debe cumplir con ella el agente cuando desempeña dicha labor de información o asesoramiento.

Más discutible es la característica de la independencia, pues el agente financiero puede entenderse que distribuye únicamente instrumentos financieros de la entidad con la que está vinculado. Recordemos que un asesor financiero ejerce su actividad con productos de diversas entidades, teniendo especial reflejo esta mención cuando realiza el asesoramiento de manera independiente.

Efectivamente, varios especialistas atribuyen al asesor financiero una independencia que no tiene el agente financiero, pues este se limitará a comercializar los productos de su entidad, lo que puede suponer a priori una mayor transparencia en el caso del asesor. Por el contrario, también es cierto que entidades diversas defienden la independencia de sus agentes, alegando la posibilidad que tienen estos de distribuir productos financieros de otras entidades.

Cuestión, por tanto, abierta, y que entendemos puede clarificarse en un futuro, dada la intensa contratación que está teniendo el agente financiero por parte de grupos financieros, empresas de servicios de inversión, gestoras de fondos… y finalmente, el sector asegurador.

 

Miguel Lafita
Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

Este post es la séptima parte de una serie de entradas sobre el mismo tema, en el que vamos profundizando sobre ¿Dónde puede trabajar un asesor financiero?

Entra aquí para ver la primera parte
Entra aquí para ver la segunda parte
Entra aquí para ver la tercera parte
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En otra serie de entradas analizamos ¿Qué necesito para ser Asesor Financiero?

 

 

 

Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)

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Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)

Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario (LCCI)

 

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