¿Es obligatoria la suscripción de estos seguros para hipotecarse? La respuesta es NO. Según el Real Decreto 716/2009, el único seguro con el que deberá contar cualquier bien hipotecado es el de daños y, más concretamente, el de incendios. Además, legalmente no se impone que éste deba suscribirse con la entidad de crédito necesariamente. Si