Idoneidad de los consejeros de la EAFN (parte 2)

Una vez que la idoneidad de los consejeros y administradores de Empresas de Asesoramiento Financiero Nacional (EAFN), cuando adoptan la forma de sociedad, ha sido analizada por la propia entidad, interviene la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Como es sabido esta idoneidad implica que deben demostrar honorabilidad, poseer conocimientos y experiencias adecuados, ejercer sus funciones con independencia de criterio y estar capacitados para garantizar un buen gobierno de la entidad. Por ello resulta de interés para el asesor financiero conocer el procedimiento de intervención de la CNMV.

La CNMV, efectivamente, debe realizar la evaluación del cumplimiento de la idoneidad en los siguientes supuestos:

  • En el proceso de autorización de creación de una entidad.
  • Cuando haya una adquisición o incremento de una participación significativa que conlleve nuevos nombramientos, dentro del plazo de 60 días que tiene la CNMV para evaluar dicha operación. Si no se recibe notificación en este plazo, se considerará que la valoración del nombramiento es positiva.
  • Tras la propuesta de nuevos nombramientos. Si no se notifica dentro del plazo de 4 meses, la valoración se entenderá como positiva.
  • Cuando existan indicios fundados que hagan necesario revisar si algún miembro en activo mantiene su idoneidad.

Cualquier infracción de los requisitos de idoneidad debe ser comunicada a la CNMV por la entidad en un plazo máximo de 15 días hábiles desde que se tenga conocimiento del hecho.

Los nombramientos previstos de nuevos miembros del órgano de administración y de la alta dirección deben comunicarse a la CNMV como máximo dos semanas después de haber decidido proponer al candidato.

Dicha comunicación se realizará utilizando los formularios y plantillas establecidos en la normativa europea. Igualmente, debe adecuarse a esta normativa la documentación e información aportadas.

En parecidos términos, interviene la CNMV en la idoneidad de las personas que ejerzan funciones de control interno y otros puestos claves, tanto en los supuestos de intervención de la CNMV como en el procedimiento.

Esta intervención de la CNMV en la evaluación requiere otros requisitos de forma que trasladaremos al asesor financiero en próximas entradas del blog.

Miguel Lafita

Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

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Actualización de Conocimientos
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