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¿Cómo registrarme como intermediario de crédito inmobiliario en el Banco de España?

El Banco de España, a través del apartado “Catálogo de trámites: Autorizaciones para otros tipos de actividades reguladas” de su oficina virtual, establece la vía para el Registro de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios.

Es en esta página donde se describe el proceso y se especifica que corresponde al Banco de España la gestión de la inscripción de los intermediarios de crédito inmobiliario (“ICI”) y prestamistas inmobiliarios (“PI”) que operen o vayan a operar con prestatarios que tengan domicilios en todo el Estado o en el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma.

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El público objetivo al que va dirigido este trámite está formado por todas aquellas personas, físicas o jurídicas, que realicen o pretendan realizar las actividades de intermediación de crédito inmobiliario o prestamistas inmobiliarios, cuando los prestatarios vayan a estar domiciliados en más de una Comunidad Autónoma, ya que si se opera o va a operar exclusivamente con prestatarios domiciliados dentro del ámbito territorial de una única Comunidad Autónoma, el intermediario deberá  dirigirse al órgano competente de su Comunidad Autónoma.

Además, se pueden encontrar los formularios a cumplimentar, así como las instrucciones para realizar el trámite:

  • ICI01: Formulario para registro, modificación o baja. Intermediarios de crédito inmobiliario.
  • ICI02: Solicitud de inscripción o baja de un intermediario de crédito inmobiliario presentada por un prestamista único.
  • ICIPI04: Formulario para la evaluación de idoneidad. Intermediarios de crédito y prestamistas inmobiliarios.
  • PI06: Formulario para registro, modificación o baja. Prestamistas inmobiliarios.

Igualmente se describe la documentación que necesariamente hay que presentar. Además de la habitual en estos trámites, se exige el certificado acreditativo de que la persona física que solicita el registro ha completado el plan de formación, emitido por una entidad o empresa certificadora acreditada por el Banco de España; o, alternativamente, acreditación de la obtención de un título o certificación acreditativo de dichos conocimientos y competencias reconocido por el Banco de España.

La Universitat Politècnica de València (UPV) emite los siguientes títulos, reconocidos por el Banco de España tal y como se puede consultar en el Listado de entidades certificadoras y títulos acreditativos:

En sintonía con la obligatoriedad normativa que exige que los intermediarios de crédito inmobiliario realicen unas horas mínimas de formación continua anual, la UPV lanza anualmente cursos de formación de Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario.

 

 

 

Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)

Formación Acreditada por el Banco de España
Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)

Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito inmobiliario  (LCCI)

10 respuestas

    1. Estimado Andrés,

      Para registrarse como intermediario de crédito inmobiliario (“ICI”), tanto como Persona Física como Persona Jurídica, se exige el presentar una Póliza Seguro de Responsabilidad Civil Profesional o aval bancario.
      En la página web del Banco de España se incluye un PDF con los «Criterios relativos a la póliza de contrato de responsabilidad civil profesional».
      https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/tramites/autorizaciones-de-entidades-de-credito-y-otros/registro_de_int_deed697a0cb2b61.html#

      Un saludo

  1. Hola, si hace más de 10 años que no trabajo en el sector financiero (antes estuve 10 años en banca y mercados financieros), me vetaría la posibilidad de darme de alta aún habiendo hecho el curso y aprobado el examen?

    1. Estimado Omar,
      Para registrarse como intermediario financiero es un requisito indispensable tener un certificado de formación reconocido por el Banco de España. Esta normativa es de 2019.

    1. En la página web del Bando de España:
      Se incluye un aviso que indica: Si opera o va a operar exclusivamente con prestatarios domiciliados dentro del ámbito territorial de una única Comunidad Autónoma, por favor, diríjase al órgano competente de la Comunidad Autónoma a cargo de la gestión de dicha inscripción.
      Desconocemos el órgano competente de Cataluña, puedes remitir una consulta al Banco de España, aunque debes de tener en cuenta que en el aviso se indica “operar exclusivamente con prestatarios domiciliados dentro del ámbito territorial de una única Comunidad Autónoma” por lo que entendemos que eso limita el negocio ya que a priori no puedes conocer si los clientes futuros residirán en esa comunidad.

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