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EAFN: ¿Cómo se presenta la autorización a la CNMV?

Las Empresas de Asesoramiento Financiero Nacional (EAFN) son una figura nueva creada por la normativa 2023 para ejercer el asesoramiento financiero. No son Empresas de Servicio de Inversión (ESI), pero para poder crearlas y ejercer dicho asesoramiento deben pedir autorización a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La normativa citada regula cómo debe presentarse esta autorización y demás trámites exigidos para su funcionamiento. Son, por tanto, temas de gran interés para el asesor financiero.

La solicitud de autorización de las ESI y de las EAFN se realizará electrónicamente, utilizándose los formularios y plantillas que elabora la CNMV. A día de hoy, están en revisión los apartados de la página web de la CNMV que contiene los mismos, por lo que la consulta a esta Institución se hace imprescindible para la correcta confección.

Hay que tener en cuenta que mucha de la información solicitada en esta autorización intenta reflejar las normas europeas, en concreto, las normas técnicas de regulación sobre la información y los requisitos necesarios para la concesión de autorizaciones a empresas.

Se debe facilitar  a la CNMV toda la información que esta precise para que pueda comprobar que la ESI y la EAFN  han adoptado, en el momento de la solicitud de la autorización, todas las medidas necesarias para cumplir con las obligaciones establecidas en materia de autorización.

La CNMV comunica al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con periodicidad trimestral, los procedimientos de autorización desarrollados, indicando:

  • los elementos esenciales del expediente tramitado.
  • la finalización del mismo.
  • el sentido de la resolución adoptada por la CNMV.

 

Igualmente, es necesaria la inscripción de la empresa en el registro de la CNMV; no se practicarán inscripciones en el registro de la CNMV en el caso de que entre la fecha de notificación de la autorización y la de solicitud de inscripción en el Registro hubiera transcurrido más de un año.

Algo de especial interés para el asesor financiero es que, cuando se trate de EAFN que sean personas físicas, la inscripción en el registro de la CNMV se producirá con carácter

simultáneo a la autorización.

Miguel Lafita

Profesor del Máster en Asesoramiento Financiero de la UPV

 

 

 

Formación acreditada por la CNMV y EFPA
Asesor Financiero (MiFID II)
Agente Financiero (MiFID II)
Asistente Financiero (MiFID II)

Formación Acreditada por el Banco de España
Asesor Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)
Informador Financiero en Crédito Hipotecario (LCCI)

Actualización de Conocimientos
Actualización de Conocimientos en Asesoría Financiera (MiFID II)
Actualización de Conocimientos en Crédito Inmobiliario (LCCI)

 

 

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